La Sala Constitucional ha declarado inconstitucionales dos artículos de la Convención Colectiva de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) que otorgaban beneficios desproporcionados a sus empleados. Esta decisión se dio a conocer tras una acción planteada por el diputado Gilberto Campos Cruz, quien argumentó que los artículos 36 y 77 representaban privilegios excesivos a costa de los recursos públicos.
El artículo 36 permitía el pago de viáticos por alimentación para aquellos trabajadores que realizaban al menos dos horas extraordinarias, mientras que el artículo 77 estipulaba un desembolso anual de ¢4 millones por parte de Recope a la Comisión Central de Salud Ocupacional, destinado al “fomento de actividades deportivas” para sus empleados.
Campos Cruz señaló que estos gastos eran desmesurados y que el artículo 36 contravenía el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Estamos satisfechos porque una vez más le cuidamos el bolsillo a los costarricense ante los abusos cometidos con los recursos públicos debido a gastos desproporcionados e irrazonables contrarios al buen uso de fondos públicos, en beneficio de un pequeño grupo de trabajadores de Recope y en perjuicio de todos los contribuyentes al fisco. Vamos a continuar por esa línea durante nuestra gestión”, expresó el diputado.
Fotos con fines ilustrativos