Un hombre de apellidos Roblero Sandigo, fue condenado a 30 años de prisión por cometer los delitos de violación, restricción a la autodeterminación e incumplimiento de medida de protección, en perjuicio de su exnovia.
De acuerdo con los registros de la Fiscalía Adjunta de Género, esta es una de las primeras condenas obtenidas por el Ministerio Público por el delito de violación, con la aplicación de la Ley de Penalización de Violencia contra la Mujer, específicamente del artículo 29, con el agravante del numeral 8, inciso f), donde se destaca la alevosía o ensañamiento en la comisión del ilícito.
Según la prueba aportada por la Fiscalía de Garabito, el imputado y la ofendida mantuvieron una relación de noviazgo por tres años, sin embargo, ante eventos de violencia doméstica se dio la separación y la imposición de medidas de protección, las cuales fueron otorgadas por el Juzgado Contravencional de Garabito.
Dichas medidas consistían en que Roblero tenía la prohibición de agredir de cualquier forma a la mujer y no podía acercarse a una distancia de 200 metros de donde esta se encontrara. No obstante, el 23 de abril, el hombre se presentó a la casa de la víctima, en Garabito, donde le cortó el cabello y luego utilizó extrema violencia para agredirla sexualmente.
Tras el hecho, la ofendida intentó huir, no obstante, el imputado la persiguió y la arrastró hasta ingresarla de nuevo a la vivienda. Minutos después, la mujer logró escapar y fue auxiliada por un grupo de personas que se encontraba en la zona.
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